Las primeras elecciones

 El 19 de enero de 1822 se produce en San Juan un movimiento revolucionario y asume el gobierno el general José María Pérez de Urdininea.

Como el general no era sanjuanino, inmediatamente comenzaron a conspirar contra él.

 

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Inteligente el hombre, designó en su gobierno a las máximas personalidades de ese momento. Primero nombró ministro secretario a Francisco Narciso Laprida, que acababa de presidir el Congreso de Tucumán y luego a Salvador María del Carril, un brillante abogado de 23 años.

 

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Con estas designaciones, Urdininea apaciguó los ánimos y sentó las bases para lo que luego fue el Tratado de Huanacache que firmaron las provincias cuyanas.

Pero resulta que el general fue convocado para ponerse al mando de la expedición al Alto Perú. Tiene que renunciar al cargo y la Junta de Representantes expide un decreto para que se hagan elecciones populares.

 

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¿Quiénes podían votar?

Es interesante conocer aquel decreto que tenía cinco artículos.

» Por el primero se decía que “en la elección de gobernador, todo hombre libre, natural o avecindado en la provincia, mayor de 21 años, o de menos si es emancipado, tiene derecho a votar”.

» No podían votar, en cambio, “los acusados de crimen con proceso justificativo, siempre que por él vayan a sufrir pena corporal aflictiva o infamante, los que no tengan propiedad conocida u oficio lucrativo y útil al país del cuál subsistir; los domésticos y los asalariados que, por carecer de propiedad se hallan de servicio a sueldo de otras personas”

» El punto tercero aclaraba que “de los individuos militares que componen la guarnición sólo votará el que haga de comandante y de los conventos regulares, sólo los prelados”.

» El artículo cuarto expresaba textualmente: “Al que se le probase cohecho o soborno en la elección, antes o después del acto, incurrirá en la multa del céntuplo del soborno o, en su defecto, una pena equivalente. Y tanto el sobornante como el sobornado, serán privados perpetuamente de voto activo y pasivo. Los calumniadores sufrirán la misma pena”.

» Finalmente, el artículo quinto disponía que “habrá una mesa central de elección en la Casa de Justicia o Municipal, compuesta por los alcaldes de primer y segundo voto, el procurador de la ciudad y dos comisionados que la junta nombrará en su seno.

 

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Así se realizaron las primeras elecciones populares (aunque selectivas) en San Juan.

¿Cómo fueron los comicios? Impecables. Se dieron todas las garantías, no hubo presión ni fraude alguno.

Y resultó electo gobernador un joven de 24 años que luego daría mucho que hablar: Salvador María del Carril.

Por aquellos años, San Juan tenía 26 mil habitantes, Mendoza 30 mil, Córdoba 80 mil, Buenos Aires 151 mil y Santa Fe 10 mil.


Fuente: Publicado en Nuevo Mundo, edición 236 del 15 de abril de 2021

 

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