Por medio de la Ley 1.062 y del decreto del 20 de junio1888 se dispuso la erección de dos estatuas, una a Laprida y otra a Fray Justo Santa María de Oro. El 22 de julio de ese mismo año, el gobernador de la provincia Federico Moreno firmó un decreto refrendado por el ministro Ángel D. Rojas autorizando por ley a que se nombre una comisión de ciudadanos para la erección de monumentos a los congresales mencionados. Esta estuvo conformada por: Rosauro Doncel, Juan C. Albarracín, Manuel José Godoy, Dr. Segundino Navarro y Dr. Manuel Laprida. A su vez, a través de la Ley 1.585 (del 30 de agosto de 1904), se autorizó el gasto de $10.000 para la erección del monumento al Dr. Laprida.
Ver artículo:
-- Homenaje a Francisco Narciso Laprida y a Fray Justo Santa María de Oro en San Juan