La economía de 1820 a 1827

El siguiente texto publicado en El Nuevo Diario, en la edición 666 del 22 de julio de 1994 fue extraído de “Historia de San Juan”, de los autores Carmen P. de Varese y Héctor D. Arias, editorial Spadoni.

 En el período comprendido entre 1820 y 1827, el comercio local sigue siendo muy similar al heredado de la época colonial. Los productos que lo sostenían eran los tradicionales, o sea el aguardiente, el vino y las pasas de uva e higos; completándose las cargas con porotos, vinagre, semilla de alfalfa, maíz y cueros.

Según lo demuestran las guías existentes en el Archivo Histórico y Administrativo de nuestra provincia, los principales mercados estaban representados por Buenos Aires, indiscutiblemente el de mayor envergadura, Santa Fe, Córdoba, Tucumán y Salta; de importancia seguía siendo el chileno.

San Juan importaba: de Buenos Aires, manufacturas en general, muebles, vajillas, artículos de lujo, joyas, telas, prendas de vestir, pieles, libros, papel, yerba mate, bacalao, almidón, jabón, azúcar portuguesa o brasileña; de Tucumán: bateas, tablas de cedro, tabaco; de Catamarca: suelas y algodón; de San Luis: ponchos, frazadas, picota (tela rústica); de Santiago del Estero: ponchos y miel de abejas; de Mendoza: jabón, papas, productos manufacturados; de Córdoba: telas, tejidos, frazadas, petacas y ponchos; de Chile: anís para aguardientes, tabaco tarijeño, muebles, alfombras, menaje de cobre (pailas, ollas), campanas, ropas, etc.

Todo el comercio estaba fuertemente gravado por tarifas locales que se aplicaban para formar el fondo provincial y que oscilaban según la situación política y económica.

Igual política seguían todas las provincias, lo que configuraba una verdadera anarquía, haciendo chocar los intereses de las partes, librando una permanente guerra económica.
Un ejemplo ilustrativo: en 1820 la provincia de Santiago del Estero gravó a cada carreta que pasaba por su territorio con $10; el impuesto era excesivo si tenemos en cuenta que en aquel momento la carga de vino oscilaba entre $ 8 y $10.

En la provincia, hasta 1820, los comerciantes que introducían mercaderías, pagaban solamente el derecho de alcabala que consistía en un 4% sobre el valor total de la carga, según el aforo de la aduana de origen.

El comerciante que además de introducir mercaderías abría tienda para la venta, pagaba también el derecho de composición. Ahora los comerciantes que extraían productos pagaban el derecho popular que correspondía al ramo de propios y se pagaba por cada carga extraída. Variaba de 2 1/2 a 4 reales, según fuesen las cargas de vino o aguardiente. Se cobraba además el llamado "derecho de guías", cuatro reales por cada guía que se entregaba en aduana y servía de salvoconducto indispensable para llevar las mercaderías a destino. Este gravamen se creó en 1780, como hemos visto.

Esto en cuanto a derechos fijos, porque después cada producto extranjero introducido pagaba distintos derechos. El tabaco paraguayo estaba eximido del pago de alcabala pero debía pagara su vez $3 de entrada, $2 de derecho de guerra y 1 1/2% de consulado sobre su aforo corriente de plaza. El elaborado o en cigarros de igual procedencia, pagaba por derecho de guerra $ 5, 2 1/2 reales por tercio de cancelaje y el 1 1/2% de consulado.

La yerba mate pagaba además de la alcabala, $ 8 por ramo de guerra; 2 1/2 reales de cancelaje y el 1 1/2% de consulado. El jabón introducido de Córdoba, un recargo del 50%. Las mercaderías introducidas “vía cordillera", fuesen chilenas o producto de su comercio, tenían gravámenes especiales: “azúcar, chocolate, cacao, dulces", pagaban 8 reales por arroba y el arroz 3 reales. Libres derechos: cobre, estaño, plomo en barra, madera sin labrar, algodón, cáñamo en rama, oro y plata, ya fuese en barras o en alhajas. El resto de los productos estaba cargado en un 25 por ciento.

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Ilustración economìa de 1820