La importancia de las infraestructuras en el Poder Judicial



La fortaleza del Poder Judicial no reside únicamente en las leyes que lo inspiran ni en la preparación de sus operadores, sino también en el soporte material que lo hace posible.
No se trata de simples edificios o instalaciones, sino de un entramado de espacios, servicios y tecnologías que, articulados entre sí, constituyen el andamiaje necesario para garantizar un servicio de justicia ágil, transparente y digno. Por ello, un aspecto de capital importancia para el correcto y efectivo funcionamiento del Poder Judicial y el servicio de justicia es la infraestructura con la que cuente.

Las infraestructuras vinculadas con funciones públicas y abiertas al uso del público en general –esto es, las infraestructuras públicas– suelen revestir el carácter de "bienes públicos". Los bienes públicos son característicos o propios de actividades de dimensión social que hoy configuran lo que denominamos un verdadero "derecho administrativo social".

Este nuevo paradigma refleja un cambio en la concepción general del derecho administrativo. Si antes su preocupación central era la administración del Estado, hoy su objetivo primordial es la persona humana y su dignidad. Esto implica una vinculación sustancial y teleológica de la actividad general de la Administración Pública con la promoción y la protección de las personas, de conformidad a la enseñanza del pensamiento clásico que describía a quien ejercía la autoridad como aquel que tenía a su cargo el cuidado de la comunidad.

En este contexto de una administración servicial, que pone el acento en la dignidad de las personas, el servicio efectivo al sistema de justicia que presta cada organización integrante de los respectivos poderes judiciales, se requiere ponderar, en clave dinámica y funcional, las exigencias estructurales que de ellos dimanan.

Entre estas, las cuestiones edilicias se manifiestan como una verdadera base o sostén material que posibilita, condiciona e incide en gran medida sobre otras variables estructurales de relevancia, como la dotación de personal idóneo y el equipamiento adecuado, al constituir el "locus" en el que aquellas tienen lugar y se desarrollan, su espacio vital soporte de la funcionalidad en el quehacer estatal
Cuando hablamos de sedes judiciales distribuidas en cada ámbito territorial, hablamos de acercar la Justicia al ciudadano y de hacer tangible el principio de igualdad, y cumplir el imperativo de la normativa, local, nacional e internacional, de garantizar el pleno y oportuno acceso a la justicia como coadyuvante de la tutela judicial efectiva.

Edificios accesibles, concebidos con criterios de seguridad, confort y eficiencia procesal, permiten que partes, testigos, auxiliares de la justicia y funcionarios se desplacen con facilidad, que los trámites judiciales y administrativos fluyan sin demoras injustificadas y que el debido proceso se ejerza en condiciones de dignidad, eficacia y eficiencia. Salas de audiencias equipadas, despachos de mediación y áreas de atención al público diseñadas para optimizar los circuitos internos no solo mejoran la celeridad, sino que refuerzan la confianza en nuestras instituciones.
No podemos soslayar que la infraestructura disponible condiciona y se proyecta ciertamente sobre la prestación efectiva del servicio. Existe una interacción recíproca, casi inescindible, entre las tareas que un ente realiza y las infraestructuras sobre las que aquellas se asientan.
En paralelo, la adopción de expedientes electrónicos y plataformas de gestión digital transforma radicalmente la experiencia de usuarios y operadores. Al eliminar barreras geográficas, se hace posible que aquellos que viven lejos de las r oficinas o tienen movilidad limitada accedan a las audiencias y al seguimiento de sus causas.

Ahora bien, la eficacia del servicio judicial no depende únicamente de la tecnología; en ese sentido, los espacios de formación resultan esenciales, al igual que los ambientes especialmente diseñados para la atención de víctimas y la mediación, que ofrecen un ámbito adecuado para la contención y el diálogo.
Por lo demás, es preciso consignar que, en un país federal como el nuestro, la coordinación interinstitucional se vuelve indispensable.

En cada jurisdicción, la cooperación entre Provincia, Municipios y Nación en materia de infraestructura judicial permite optimizar recursos y garantizar respuestas uniformes en todas las jurisdicciones. La creación de centros regionales, salas multifunción y nodos digitales interconectados fortalece la cohesión institucional y asegura un acceso equitativo al servicio de justicia en todos los rincones del territorio.
El Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires (MPBA) tiene un Plan de Infraestructura sujeto a las variaciones que la realidad y necesidades imperan y pretende plasmar una respuesta adecuada a las necesidades del Ministerio Público en materia de infraestructura edilicia.

El aludido Plan se encuentra plasmado orgánicamente en una parte general (Parte I) y una segunda parte referida a capítulos específicos para cada Departamento Judicial (Parte II). En estos se abordan sus necesidades puntuales teniendo en cuenta su heterogeneidad, sus peculiares dimensiones y características, y fundamentalmente, los requerimientos formulados oportunamente por las autoridades locales de los departamentos judiciales.

El Plan tiene asimismo en cuenta, la puesta en marcha de la Policía Judicial, prevista en la norma constitucional bonaerense (art. 166) y en creación a partir de la sanción de las leyes N.º 15.005 y N.º 15.023.
En suma, el esquema que luce en el aludido Plan ausculta los contenidos concretos de las distintas áreas que integran el MPBA, convergentes todas en la protección del interés público. Ello, con una mirada de unidad e integración que nuclea las necesidades de los 20 departamentos judiciales en los que el Organismo despliega su acción y con el objeto de generar sinergias y externalidades positivas que redunden en beneficio de los distintos componentes estructurales y funcionales.

Para su elaboración se ha efectuado un relevamiento de situaciones existentes, aspectos edilicios que influyen negativamente o favorablemente, recursos y, por cierto, metas a lograr desde lo estructural edilicio para un mejor servicio.
A la fecha, en cuanto a la Infraestructura Edilicia, el MPBA cuenta para el funcionamiento de sus tres áreas de gestión en los 20 departamentos judiciales y áreas centrales de la Procuración General con un total de 450 inmuebles ubicados en toda la provincia de Buenos Aires. De estos, 31 inmuebles son de propiedad del MPBA. La mayoría son alquilados (194), o cedidos en comodato por distintos Municipios (169), en este último caso generalmente utilizados por el funcionamiento de oficinas descentralizadas del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa. En menor medida se utilizan o comparten inmuebles con organismos del Poder Ejecutivo de la PBA (31), y de la Suprema Corte de Justicia (23).

En orden a su Infraestructura informática al 2024 el MPBA contaba con 9050 puestos de trabajo, con una antigüedad en su parque de pc que va entre los 12 y 15 años (2000 equipos), 9 y 11 años (6500 equipos), y con menos de 8 años (550 equipos). En el mes de diciembre del ese año se recibieron 1470 pc, dando comienzo a un proceso gradual de reemplazo del equipamiento más obsoleto. En cuanto a la arquitectura de almacenamiento y procesamiento tiene una composición híbrida, entre servidores locales y la nube.
Invertir en infraestructura judicial implica una inversión estratégica en derechos en desarrollo y pleno ejercicio, en dignidad humana y en la consolidación de un Estado de Derecho sólido.


(*) Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

Fuente: Publicado en Nuevo Mundoedición 1189 del 11 de julio de 2025



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